Santo
Domingo.- El presidente Danilo Medina dispuso la creación del
Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud que, en la primera etapa,
beneficiará a más de 116 mil pensionados y jubilados.
La disposición está amparada en el Decreto
18-19, la cual abarca a los pensionados y jubilados que se encuentran en la
base de datos la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del
Estado.
La misma “exime a los beneficiarios de
este plan de servicios de salud del copago y cuotas moderadoras variables
cuando utilicen los servicios de la Red Pública del Seguro Nacional de Salud”.
A través de este plan de salud serán
beneficiados todos los pensionados y jubilados por el Ministerio de Hacienda, a
partir de primero de enero de 2010, cuyos montos de sus pensiones sean iguales
o superiores al salario mínimo nacional de la Seguridad Social vigente, que es
RD$11,137.00.
Un comunicado de prensa de la Dirección
General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado señala que el servicio
de salud abarcará al cónyuge o compañeros de vida del pensionado, a los hijos
menores de 18 años de edad y hasta los 21 años si son estudiantes.
Precisa, en los casos de los hijos con
discapacidad, que la cobertura será ilimitada.
“Esta revolución social del presidente
Danilo Medina en el mundo de las pensiones tendrá vigencia hasta tanto el
Consejo Nacional de la Seguridad Social disponga la incorporación de los
jubilados y pensionados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo”,
refirió el Director General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado,
German Nova, en el comunicado.
El funcionario sostuvo que en el nuevo
Plan de Salud también pueden ser incluidos, en forma complementaria,
dependientes adicionales como el padre o la madre que dependan económicamente
de pensionado, siempre que éste cubra el per cápita correspondiente.
“Para que tenga una idea de la importancia
de esta revolución social en materia de salud, agregó, este plan beneficiará de
manera directa al 82.6 por ciento de los jubilados y pensionados registrado por
la institución bajo nuestro cargo”.
Destacó que ese porcentaje representa 116
mil 334 personas que pasarán al Seguro Nacional de Salud (ARS SeNaSa), entidad
responsable de administrar los riesgos de salud de los beneficiados del plan.
Explicó que para sustentar este importante
plan, será deducido el 6.3 % de salario de todos los jubilados y pensionados
que serán beneficiados por el mismo hasta el tope de 10 salarios mínimos.
El plan entrará en vigencia 30 días
después de la publicación del decreto. En ese período la Tesorería de la
Seguridad Social y la Empresa Procesadora de la Base Datos (EPBD-UNIPAGO,
habilitarán los mecanismos para el registro, cotización y afiliación de los
pensionados y sus dependientes.
Nova dijo que quedan excluidos los médicos
y policías pensionados porque tiene sus propios planes de seguros y señaló que
“otro beneficio del plan es que tendrán derecho a cobertura del Plan de
Servicios de Salud (PDSS) o Plan Básico de Salud vigente, así como cobertura
por atención médica por accidentes de tránsito.
El director de la DGJP aclaró que el
decreto 18-19 también excluye todos los pensionados y jubilados que tienen
pensiones inferiores al salario mínimo nacional de once mil cientos treinta y
siete pesos (RD$ 11.137.00), quienes califican para ser afiliados al Seguro
Familiar de Salud del régimen subsidiado, a los cuales no se les descontará
nada de sus salarios.
Indicó que el mismo va a generar un
descongestionamiento de las instituciones del Estado, ya que muchas están
llenas de personas que califican para la pensión, pero no jubilarse por temor a
quedar desprotegidos del seguro de salud.
Podrán optar por permanecer en sus planes
existentes o ser beneficiados por este Plan Especial, los pensionados y
jubilados mediante el decreto No. 342-09 de fecha 28/04/2009. También todos los
pensionados y jubilados por el Ministerio de Hacienda que se encuentren
actualmente afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Subsidiado, y sus
dependientes, cuyo monto de pensiones sea igual o superior a RD$ 11,137.00.