Santo Domingo.- Los
aspirantes a cargos electivos deberán medir sus palabras y los mensajes que
difundan a través de las redes sociales, ya que si incurren en el delito de la
difamación e injuria pueden ser sancionados con penas que van desde los tres
meses hasta un año de prisión y multas de 500 salarios mínimos.
La
disposición contenida en la Ley 33-18, sobre Agrupaciones, Movimientos y
Partido Políticos, y en el reglamento para su aplicación y la celebración de
primarias, es muy clara en establecer la prohibición de la difusión de mensajes
negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los
postulantes.
Las
sanciones, según la legislación, se aplicarían conforme a los artículos 21
(difamación) y 22 (injuria pública) de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de
Alta Tecnología.
Sin
embargo, la prohibición de los mensajes negativos establecida en el artículo 44,
numeral 6, de la Ley 33-18, está pendiente de fallo ante el Tribunal
Constitucional, donde fue recurrida por abogados que la consideran
inconstitucional. También estará prohibida, la promoción política a través de
mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de
comunicación, así como la propaganda anónima o la publicación sin firmas
responsables.
La
precampaña inicia el primer domingo de julio que en el 2019 será el día 7, y
culminará el domingo 6 de octubre, fecha en que se celebrarán las primarias
simultáneas. En ese tiempo, los precandidatos podrán realizar actividades
proselitistas internas, dirigidas de manera particular a los miembros y
afiliados de sus respectivas organizaciones.
“Esos
actos podrán ser reseñados por los medios de comunicación, siempre que los
mismos no sean difundidos con el interés de fijar programas de gobiernos o de
políticas públicas dirigidos a candidaturas nacionales, sino de posicionamiento
a lo interno de sus respectivas organizaciones”, aduce la Ley de Partidos.