Santo Domingo.-
El destacado abogado constitucionalista, el licenciado Juan Bautista Castillo Peña,
interpuso acción directa en inconstitucionalidad en contra del párrafo
IV, del artículo 104 de la Ley 15-19, la Orgánica de Régimen Electoral.
El
jurista alega que dicho texto legal, del 18 de febrero 2019, viola los artículos 5, 6,
22.2, 4 y 5, 39.1 y 3, 40.15, 77.4 y 208 de la Constitución de la República, en
relación a la elección del senador, ya que la palabra “exceptúan los Senadores”
está privilegiando la los congresistas, en violación al derecho de igualdad que
tienen los demás niveles de elección, en específico los diputados.
Castillo
Peña declara que, en virtud al artículo 6 de la Constitución, que establece su
supremacía, y que son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución,
reglamento o acto contrarios a esta Constitución.
Dice
que lo único que afecta a dicho párrafo IV, es las expresiones “exceptúan y
Senadores” que en esas atenciones el Tribunal Constitucional, con su rol de
garante de la constitucionalidad puede dictar una sentencia interpretativa que
la constituyen una singular tipología de decisiones judiciales que al derecho
contemporáneo ha aportado la jurisprudencia constitucional y que en ese sentido
este órgano, pude interpretar y eliminar esas accesiones que los afectan.
“Pero
que lo que más afecta es la violación al artículo 208 de la Constitución que
dice: ‘El voto es personal, libre, directo y secreto’. Al ser directo y refiere
el indicado párrafo que al senador se le contabilizaran los votos del partido
del radio de una provincia “X”, es lo que se interpreta como un voto por
arrastre, es decir, que el diputado arrastra al senador, y apegado a esa sola
razón la Junta Central Electoral, días atrás, dictó la resolución 04/2019, en
violación a los artículos 77 y 208 de la Constitución, que establece el voto
secreto y directo” enfatiza el jurista.