Por: Lic. Pedro N. Guzmán.
Manoguayabo.-
En santo Domingo Oeste, se desarrollan, cada año, cuatro carnavales; este año
2014 se celebrarán, según el siguiente calendario: domingo 27 de febrero,
Carnaval de Herrera, en la avenida Isabel Aguiar del sector de Herrera, domingo
16 de marzo, Carnaval Manoguayabo en la avenida Los Beisbolistas de
Manoguayabo, el domingo 23 de marzo, Carnaval Hato Nuevo, en la avenida
principal de Hato Nuevo, y domingo 30 de marzo carnaval municipal en la avenida
Las Palmas de Herrera.
Cada uno de estos carnavales posee una
identidad y una historia que no debe ser ignorada ni tampoco menospreciada.
Por ejemplo, el carnaval de Herrera
llega a su treintava edición, Manoguayabo cumplirá once años de tradición y el
joven Hato Nuevo su segundo año.
Todos estos años de entrega, sacrificio
y lucha al servicio de la noble causa de darle a nuestras comunidades eventos
folclóricos, culturales que traen alegría, diversión y llenan de orgullo a
nuestra gente al tiempo que sirven como excelentes herramientas para promover
nacional e internacionalmente el nombre de nuestro municipio.
Los ayuntamientos son, según los define
la ley 176-07, en su Art.2, “Entidades políticas administrativas básicas del
Estado dominicano, que se encuentran asentadas en un territorio determinado que
le es propio”.
Como tal es una persona jurídica
descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y
funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con
patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que
fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus
habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que
la Constitución y las leyes lo determinen.
Entre las competencias específicas de los
ayuntamientos se encuentra la promoción de la cultura, el deporte y de la
recreación.
Estas competencias no deben ser
interpretadas jamás como que el ayuntamiento deba ser la única entidad que
trabaje y realice cultura y/o deportes sino más bien, como que el ayuntamiento
debe fomentar estas actividades mediante el apoyo real y suficiente a las
organizaciones y personas que gestan la cultura en nuestro municipio.
Los carnavales son fiestas públicas y
populares, no existen reglas para la expresión popular, es una obra donde se
permite satirizar cualquier persona, institución o echo contemporáneo o
histórico en los mismos se pone de relieve el talento, ingenio y creatividad
del pueblo.
La Constitución de la República
dominicana, en su artículo 47 confiere a los ciudadanos el derecho a la libre
asociación, los diferentes comités que organizan los carnavales del municipio
son asociaciones de personas sin fines de lucro que organizan grandes eventos
para la comunidad por lo que entiendo que deben estar amparados por el Artículo
228.
De la referida ley 176-07, Registro
Municipal de Organizaciones sin Fines de Lucro. Cada municipio contará con un
registro actualizado de organizaciones sin fines de lucro en el cual se dejará
constancia, entre otros datos, del nombre de la organización, la naturaleza, el
domicilio, los nombres y direcciones de las y los directivos, día, hora y lugar
en que se reúnen, cantidad de miembros, fecha de su fundación y ayudas
recibidas del ayuntamiento.
Entendemos que los ayuntamientos deban
realizar las funciones de órgano rector y fiscalizador de los carnavales, en
coordinación con el Ministerio de Cultura, tal como el IDECOOP fiscaliza a las
cooperativas, la Superintendencia de Bancos
a los bancos, el Ministerio de Educación Superior a la educación
superior, etc.
Los comités organizadores de los
carnavales deben organizar y montar sus eventos.
Se debe crear mediante resolución de la
Sala Capitular la Comisión Permanente de
los Carnavales del municipio Santo Domingo Oeste en la que participen representantes
de cada uno de los carnavales y del Ayuntamiento, que se definan las funciones,
el alcance y los objetivos de esta comisión de manera participativa y
democrática, que se elabore un reglamento para esta comisión que rija la vida
interna de la comisión así como sus relaciones internas y externas.
Debemos trabajar con mayor
transparencia, con cuentas claras; tanto los organizadores de los carnavales
como el Ayuntamiento mismo.
Por su lado los gestores culturales,
presentando presupuestos y ejecución de ingresos y gastos y el Ayuntamiento por
el suyo, presentando a principio de año su presupuesto para el apoyo de las
actividades de carnaval.