Por Washington Wandelpool R*.
Santo
Domingo.- Hurgando entre los 738 artículos que contiene
nuestro actual Código de Trabajo, identificamos con pavor la violación a la
Constitución de la República en 16 de los más elementales, algunos de los
cuales hacen alusión a derechos fundamentales
de trabajadores y empleadores.
Procedimos a realizar una revisión
exhaustiva a la propuesta de reforma que ha presentado la comisión compuesta
por seis de los cuales insisto, solo hay
dos expertos en derecho del trabajo. Solo dos artículos de los que fueron
identificados como violatorios a la Carta Magna han sido incluidos en la
propuesta de Reforma Laboral.
Algunos sectores advierten que el
empresariado pretende imponer una contrarreforma, una percepción que sigue
ganando espacio entre las mayorías que piensan que solo se pretende reducir los
derechos de la mujer embarazada: mutilar el primer empleo y eliminar la
cesantía; aumentar la jornada de trabajo y desnaturalizar el carácter social
del derecho del trabajo para convertirlo en un derecho eminentemente civil en
el que la voluntad del poderoso sobre el más débil tiene fuerza de ley,
contrariando el orden público configurado con la intervención del Estado como
regulador de la relación laboral.
Los encomendados del Poder Ejecutivo han
preferido omitir la revisión de artículos que violan derechos fundamentales, incluso han eludido
el concepto control de la constitucionalidad, ya que abriría una “caja de
pandora” que implicará el estudio de toda la legislación para determinar su
conformidad con la constitución de la República.
Movidos por la preocupación, un grupo de
profesionales hemos elevado una acción de inconstitucionalidad con la que
pretendemos que prevalezca la supremacía de la constitución y de los tratados,
y convenciones internacionales en el proceso de reforma laboral, se trata de
someter ante el constitucional el análisis de una parte importante del código
de trabajo, a fin de que varios artículos sean expulsados del ordenamiento
jurídico nacional por contrariar la constitución, aun cuando la comisión para
la reforma laboral no hace alusión a ellos.
Especial agradecimiento a las
licenciadas Yudelka, Indhira y Yulibelys Wandelpool Ramírez, quienes dedicaron
sus mejores esfuerzos para hacer posible una iniciativa inspirada en el ideal
de justicia social que todos merecemos.
Los dominicanos necesitamos una
legislación laboral igualitaria; que no restrinja el derecho a un recurso, que
no limite la libertad en el trabajo, que propugne por un verdadero derecho a la
sindicalización, que garantice el principio de presunción de inocencia de los
trabajadores sometidos a procesos penales y que reconozca equitativamente
derechos laborales a las trabajadoras
domésticas.
Merecemos un Código de Trabajo para todos.
*Washington
Wandelpool R. es experto en Derecho del Trabajo y estudioso del Derecho
Constitucional.
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