Por: Dra. Carmen Adames
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Carmen Adames. |
Santo
Domingo Oeste.- En el reñido debate para la aprobación
del marco legal en salud, Ley General de Salud y la Ley que crea el Sistema
Dominicano de Seguridad Social, fueron
muchas las expectativas creadas,
confiados en que a través del Seguro Familiar de Salud, que tiene como
finalidad la protección integral de la
salud física y mental de sus afiliados y sus familiares, mediante la entrega de un Plan Básico de Salud, que
debe ofertar servicios integrales de
salud que incluyen promoción, atención primaria, atención especializadas,
exámenes diagnósticos, atención odontológica, rehabilitación y medicamentos, se
contribuiría a disminuir muchas de las inequidades existentes en los servicios
de salud.
Este plan básico tiene muchas fallas,
desde el momento en que se aprobó su implementación, pero en esta oportunidad
quiero referirme a las Prestaciones Farmacéuticas Ambulatorias, es decir la
cobertura a los medicamentos que se utilizan para tratar alguna enfermedad sin
que el usuario este ingresado en un establecimiento de salud.
En la actualidad la cobertura por
medicamentos ambulatorios es de RD$3,000.00 por año por afiliado de los cuales
el sistema cubre 70% y el afiliado debe pagar el 30%, por ejemplo si usted
compra un medicamento que cuesta RD$100.00 la ARS debe cubrirle RD$70.00 y
usted paga RD$30.00, el afiliado puede usar su cobertura total en una sola
compra o puede ser en compras parciales. El propósito de incluir este beneficio
en la seguridad social era disminuir el gasto de bolsillo en medicamentos, sin
embargo por el giro dado a lo establecido en la ley 87-01 y sus reglamentos, obtener esta cobertura es un
golpe de suerte y las familias siguen gastando mucho de sus limitados
ingresos en medicamentos.
Una de las principales dificultades al
momento de los usuarios demandar este servicios es que los medicamentos
ambulatorios cubiertos están relacionados con el Listado Básico de Medicamentos
que debe actualizarse periódicamente y desde el 2007 no se actualiza, entonces
los medicamentos indicados si no están en ese listado no son cubiertos.
Otra de las situaciones es que la ley se
elaboró para que los medicamentos indicados por los médicos fueran genéricos no
de marca, lo que genero un conflicto que se convirtió en uno de los obstáculos
para el inicio del Seguro Familiar de Salud
por lo que se continúan indicando
los de marca, como el listado no los incluye el afiliado no obtiene su
cobertura unas veces por el nombre del medicamento, otras por la presentación
del medicamento o por la concentración.
Además el usuario es sometido a un período de espera prolongado desde el
momento que demanda el servicio en la
farmacia hasta que finalmente la ARS se lo aprueba, si tiene cobertura.
Pero si tiene cobertura y la farmacia no
tiene la totalidad de los medicamentos es una
odisea para adquirirlos aunque
recientemente se aprobó una modificación al reglamento sobre
dispensación de medicamentos en la Seguridad Social, promulgado mediante el
decreto 665-12 que introduce modalidades
para que las farmacias entreguen la totalidad de los medicamentos, el
reglamento dispone también que las farmacias deben publicar impresos y por medios electrónicos,
los medicamentos que tienen cobertura, pero no todas las farmacias están
cumpliendo con este mandato.
Desde que se implementó el plan básico
de salud no se ha producido ningún
aumento en el monto cubierto a pesar de la inflación y el alto costo de los
medicamentos, es por esto que cuando el afiliado logra este beneficio sirve para pagar parcialmente la cobertura de
un tratamiento de un mes, en el caso de los pacientes crónicos, principalmente.
Es necesario que las autoridades de la
Seguridad Social se aboquen a un proceso de revisión de las prestaciones
farmacéuticas, porque no se ha logrado disminuir el gasto de bolsillo de las
familias dominicanas por medicamentos y las inequidades en salud se siguen
profundizando.