Santo Domingo.- El
Tribunal Superior Electoral (TSE) conocerá el próximo diez de enero una
instancia que busca habilitar al presidente Danilo Medina para las elecciones
del 2020.
La
instancia fue incoada por el Partido Demócrata Popular (PDP), que solicita la
impugnación del artículo transitorio vigésimo de la Constitución, que prohíbe
el mandatario repostularse.
El
PDP busca que el TSE, amparado en el artículo 188 de la Constitución sobre
control difuso, sea quien decida si Medina puede ser proclamado candidato a la
presidencia por algún partido.
“Es
tarea del Tribunal Superior Electoral, como órgano constitucional, mediante
sentencia a intervenir y dentro de las prerrogativas constitucionales otorgadas
a través del control difuso, el dejar sin efecto el transitorio vigésimo que
consagra la prohibición del presidente actual de presentarse a optar por un
nuevo mandato 2020-2024, toda vez, de que estas circunstancias no le son
aplicables a él, sino al órgano competente quien debe de determinar si su
aplicación es viable o no”, señala la motivación.
El
presidente del PDP, Virgilio Tejada Durán, a través del escrito de motivación, afirma
que los artículos transitorios no pueden establecer prescripciones genéricas
con carácter vinculante a los particulares, ya que “pierde su eficiencia una
vez que ha cumplido su cometido”.
El
pasado mes de septiembre el Tribunal Constitucional, a través de la sentencia
0352/2018 declaró inadmisible el recurso que buscaba declarar inconstitucional
la disposición transitoria vigésima de la Constitución.
La
sentencia estableció que cualquier órgano del Estado distinto a la Asamblea
Revisora que modifique o anule una disposición de la Constitución “sería
usurpar el Poder Constituyente, atentar contra el orden constitucional y
democrático perpetrándose un golpe contra la Constitución”.
A
diferencia del pasado recurso que buscaba habilitar a Medina a través de la
acción directa constitucionalidad, una de las características de control difuso
es que el alegato de inconstitucionalidad se plantea como una excepción, es
decir que los efectos de la decisión se circunscriben al caso particular y por
tanto, la ley aplicable al caso en que se presenta la excepción de
inconstitucionalidad sigue vigente como parte del ordenamiento jurídico, aun en
el supuesto de que el tribunal haya declarado su inconstitucionalidad.
PDP dice proclamará a Danilo su
candidato.-
En
el documento, el PDP también informa que en su próxima Convención el 10 de
marzo próximo, proclamarán al presidente Danilo Medina como su candidato
presidencial para las elecciones del 2020.
“Ante
la disyuntiva constitucional prevista en la Carta Sustantiva, corresponde al
TSE, por ser la jurisdicción de juicios a fin con el caso, establecer si Medina
puede o no ser proclamado”, aduce el documento.
Fuente:
El Caribe.
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